Otr terrible Historia de Consorcio El Infierno, se da en el de una Profesional denunciada por el Encargado de su edificio, x supuestamente haberlo perseguido en forma amenazante con una tijera. Ella no recuerda el hecho de tal modo. Sino solo q le reclamó x dejar siempre abierta la puerta en ocasión en q se habían producido varios hechos de inseguridad en el barrio.
Fue a parar a la unidad carcelaria 28 y de ahí al Moyano donde permaneció internada varios meses. Al salir comenzó a trabajar desmpeñándose en funciones propias de su profesión. Tras 2 años sin novedad, recibió una Cédula en la q los 3 Psiquiatras del Cuerpo Médico Forense expresaban previo a dictarse sentencia, q recomendaban encuadrar el caso en el art 141 del Cód Civil, o sea incapacidad absoluta.
El Psiquiatra del Moyano en cambio q la siguió en todo el proceso, consideraba q sin perjuicio de la enfermedad de base, se encontraba contralada y totalmente reintegrada a la vida normal incluso en la vida de relación, ya que tiene pareja, le va muy bien en el trabajo, está muy cuidada en su persona, mantiene su casa ordenada.
y limpia, etc.
Leyendo las declaraciones iniciales, solo el Encargado declaraba la existencia de la tijera. Una vecina manifestó q la había visto x la Cámara y parecía q estaba x sacar algo de la cartera... Finalmente el Administrador pensó q se trataba de una maniobra del Encargado q quería ser despedido, porque tenía más de 25 años y se llevaría una muy buena indemnización; pero le salió el tiro por la culata.
En fin, costó un triunfo revertir la situación x no haberse asesorado con anterioridad. Pedimos una Junta Médica, en la q se resolvió encuadrar el caso en el art 152 bis, en el cual la incapacidad no es absoluta, sino q se completa con un Curador q asiste en determinados actos jurídicos. Esperamos q dentro de 6 meses, cuando se realice la próxima junta se determine la recuperación de la plena capacidad.
Así es la Justicia. A veces x 1 suma de circunstancias desgraciadas, sumadas al el mero cumplimiento de los pasos formales del procedimiento, se puede terminar internado en un psiquátrico, declarado incapaz, o condenado por un delito que quizás, no se cometió.
Por eso la necesidad, en mi opinión de q se deroguen los Códigos Procesales de la antigua Roma con su apego a formalismos extremos, q anulan la razón q nos distingue de otras formas de vida, y de q se dicten nuevas normas q establezcan un proceso breve, sencillo, práctico, flexible, de Buena Fe, Oral; y de q a su vez, se sacuda a los jueces de la anestesia, del acartonamiento q produce el brocraticismo y se promuevan la humanidad, sensibilidad social y la misericordia de la Justicia, q solo cuando recupere esas calidades perdidas, podrá volver a satisfacer las necesidades de los justiciables con mayor seguridad jurídica.
En principio creería q nadie es internado si no hay una dolencia real, pero en casos no participé la totalidad del proceso, me asaltan las dudas, q me corroen el alma para seguridad y garantía de los derechos de mis clientes. Soy ultrareacia a comprar historias muy redondidas como hace la Prensa. Algo de este país q debe cambiar. Porque es muy peligroso formar ideas falsas o erróneas en la población.
Como dije en Corralito Bancario, la duda es sana, porque lleva a cuestionar, revisar, corroborar y proporciona mayor SEGURIDAD JURÍDICA
Corremos tantos riesgos. La seguridad es un hilo. Y aunque actuemos siempre conforme a derecho ... No hay Garantías Absolutas en nuestras Instituciones.
Alejandra Belmartino
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