Buenos Aires, Septiembre 2006.-
DESCARGO EXITOSO PROPIETARIO 3º PISO
Subsecretaría de Control Comunal
Dirección Gral Fiscalización Obras y Catastro
Ref Nota Nº …. – DGFOC - 2006
1.- PRESENTACIÓN – CONSTITUCION DOMICILIO - DESCARGO
Habiendo recibido Cédula de Notificación, constituyendo domicilio procesal en … en tiempo y forma vengo a presentarme, y a efectuar el descargo correspondiente.
2.- RECIENTE ADQUISICIÓN DEL INMUEBLE …3º D – DERECHO ADQUIRIDO DE MIS ANTECESORES.
Con fecha 22-05-06, adquirí, ad corpus, en el estado en que se encontraba, el inmueble sito en … 3º “D”, de su propietaria anterior, quien me transfirió todos los derechos que tenía sobre el inmueble en cuestión, derechos que incluyen el derecho adquirido a usar y gozar de todas las partes del mismo, en las condiciones previstas por legislación vigente al tiempo de su adquisición (1980).
Se me imputa la existencia Obra Clandestina en Patio 3º Piso Común de Uso Exclusivo de mi Unidad. La misma tiene varias décadas de antigüedad. El uso q practico sobre tal espacio común, es integrante del derecho de propiedad en sentido amplio, de los titulares anteriores, en cuanto conjunto de bienes y derechos susceptibles de apreciación patrimonial, de que goza el hombre fuera de sí mismo, me ha sido transmitido en las mismas condiciones y con la misma extensión, con que lo gozaron aquéllos, y por lo tanto, incluye el derecho de mantener el mismo uso y goce pacífico que se extendió por décadas, sobre los metros incorporados, denunciados al Gobierno de la Ciudad, y x los cuales pago el correspondiente impuesto de ABL.
Uso y goce pacífico por décadas, que ahora, curiosa y caprichosamente, viene, supuestamente, a molestarles, en franco, inexplicable, abuso de derecho, a los también flamantes propietarios actuales del 4º piso “D”, que adquirieron también ad corpus, el inmueble que habitan, el 3-01-06, propiedad que pudieron abstenerse de comprar, si alguna de las características del entorno, de más de 30 años de antigüedad, les desagradaba; pero que inexplicablemente luego de comprar sin titubeos, pretenden debe ser modificado.
3.- ACTITUD DE TOLERANCIA DEL CONSORCIO – CAIDA VIDRIOS - PERSONA DE VISITA QUE RESULTO HERIDA – DIFICULTADES PARA OBTENER CONSENTIMIENTO UNANIME
Según me han informado recientemente, al preguntar al respecto, el Consorcio siempre guardó una actitud tolerante y abstencionista, en relación con las construcciones en los patios de uso exclusivo, x comprensión hacia los problemas de inseguridad, q se generaron x circulación por aquéllos, antes de colocarse los techos respectivos (y cerramientos). Además debe considerarse q las obras en patios de segundos y terceros pisos, datan de los tiempos iniciales del edificio, es decir que tienen entre 25 y 40 años de antigüedad y los respectivos derechos han sido adquiridos por prescripción adquisitiva.
La denuncia del reciente adquirente, pretende alterar, un estilo de vida, pacíficamente ejercicio x más de 3 décadas x mis antecesores en el dominio. practicado a través de las últimas décadas.
4.- ABUSO DE DERECHO DE ÚNICO PROPIETARIO (4º “D”).
Dicho propietario adquirió el 2 de Enero de 2006, en el estado en que se encontraba; cuando si algo le molestaba de lo adherido al inmueble, bien pudo abstenerse de comprar, y optar por otro edificio, en el que todo el entorno satisficiera sus exigentes expectativas y necesidades....
SÍNTESIS
Entiendo los actuales flamantes propietarios del 4º D, al pretender modificar las condiciones en las que los propietarios convivieron pacíficamente durante décadas, hacen franco abuso de derecho (1071 Civil), en perjuicio de sus semejantes y del mismo consorcio, cuya convivencia pacífica se vería turbada de persistir en su actitud, porque me vería obligado, para acreditar tal abuso, a demostrar que la totalidad de las propiedades del 2º y 3º piso con patio, tienen construcciones que datan del período, inmediatamente posterior a la construcción, y quedarían todos ellos involucrados.
Lo q me han informado, es que dichas obras, encontraron justificativo, en la seguridad para los entonces menores, que salían a dichos patios y que podían resultar dañados, por los objetos de toda clase, que invariablemente caían desde los pisos superiores; de ahí q fueron toleradas y por lo tanto consentidas, pacíficamente, por los restantes propietarios, a través del tiempo, consolidándose por el transcurso de varias décadas los derechos de los titulares (la construcción finalizó alrededor del año 1962).
Por lo que solicito se revea lo manifestado en la resolución notificada, teniéndose presente y contemplándose la pacífica convivencia de 40 años, que este nuevo reciente propietario del (U F ……) viene a alterar, siendo el único consorcista en realizar tal naturaleza de planteo, siendo comprador reciente, q pudo optar en todo caso, x otro inmueble ...
La pretensión del propietario del 4º D pretendió desconocer DERECHOS IRREVOCABLEMENTE ADQUIRIDOS BAJO EL IMPERIO DE NORMATIVA ANTERIOR, así como la FUNCION SOCIAL de la propiedad, y del VALOR ECONOMICO incorporado, adherido al inmueble, desde hace 3 décadas.
Téngase presente además q, como se acedita con documental adjunta se ha denunciado a Rentas en 1987, el espacio incorporado, y desde entonces, ha aumentado inclusive el impuesto q se abona por tal concepto….
La Municipalidad archivó la denuncia reconociendo el derecho adquirido del propietario del 3º.
La pregunta es si tiene sentido q nos planteemos problemas x cuestiones de esta naturaleza, y creemos conflictos x estas pequeñas cosas, q pueden alterar nuestro espíritu y hasta nuestra salud, injustificadamente.
Y la enseñanza a extraer: Demos a cada cosa su justo valor.
Alejandra Belmartino